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Contrato de Viajes Combinado

Contrato de Viajes Combinado - T-WONDER


1.- DATOS IDENTIFICATIVOS

LA AGENCIA de Viajes Organizadora:

  • LA AGENCIA de Viajes Organizadora:
    • Domicilio:
    • C.I.F/DNI:
    • Licencia:
    • Teléfono:
    • Teléfono de emergencia:
    • E-Mail:
    • Datos de Representantes locales:

LA AGENCIA de Viajes Minorista:

  • Nombre: T-WONDER
  • Domicilio: CALLE VIA ARGENTINA, 20, 07460 POLLENÇA, España
  • C.I.F/DNI: 41524632H
  • Licencia: AVBAL/854
  • Teléfono: +34 644 129 361
  • Teléfono de emergencia: +34 644 129 361
  • E-Mail: info@t-wonder.com
  • Datos de Representantes locales: Miguel Duran

2.- OBJETO DEL CONTRATO

Es objeto del presente contrato el viaje combinado ofrecido en venta por T-WONDER, conforme a las principales características e información esencial que, de forma precontractual y con anterioridad a este acto, el viajero y sus acompañantes han recibido de T-WONDER junto con los anexos A, B y C. Dicha información precontractual se incorpora al presente contrato como Anexo I, debidamente firmado por las partes, formando parte inseparable del mismo.


3.- INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN ADICIONAL A LA RECIBIDA CON CARÁCTER PRECONTRACTUAL

3.1.- NECESIDADES ESPECIALES DEL VIAJERO ACEPTADAS POR EL ORGANIZADOR.

3.2.- DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A: BILLETES, BONOS Y FACTURA.
El viajero es informado por T-WONDER sobre los horarios de transporte, la hora límite para facturar, los tiempos de escalas y conexiones. Esta información, junto con la documentación correspondiente (billetes de transporte, bonos, factura y demás documentos complementarios), se recoge en el Anexo II del presente contrato, debidamente firmado por las partes, y forma parte inseparable del mismo.

3.3.- CERTIFICADO DE GARANTÍA FINANCIERA DE LA AGENCIA EN CASO DE INSOLVENCIA Y REPATRIACIÓN.
El viajero recibe, como Anexo III del presente contrato debidamente firmado, el certificado de la entidad garante del seguro de insolvencia y repatriación de T-WONDER, cuyos datos de contacto han sido proporcionados en la información precontractual.

3.4.- PÓLIZA DE SEGURO DE ASISTENCIA, ENFERMEDAD Y CANCELACIÓN.
El viajero recibe, como Anexo IV del presente contrato debidamente firmado, copia de la póliza de seguro contratada, conociendo y aceptando su alcance y coberturas.


4.- ASISTENCIA AL VIAJERO EN LUGARES DE DESTINO Y/O TRÁNSITO

T-WONDER, en calidad de organizador y minorista del viaje contratado, responde de forma solidaria ante el viajero por el correcto cumplimiento de los servicios incluidos en el contrato. El viajero podrá comunicarse en cualquier momento con T-WONDER a través de los teléfonos de emergencia y el correo electrónico facilitados. T-WONDER se compromete a proporcionar asistencia adecuada y sin demora al viajero en situaciones de dificultad, como problemas sanitarios, incidencias con autoridades locales o necesidad de asistencia consular, ayudando en la búsqueda de alternativas de viaje. Se informa al viajero que, en caso de que la dificultad sea producto de su negligencia o de forma intencionada, T-WONDER podrá facturar un recargo razonable por la asistencia prestada.


5.- VIAJE O ESTANCIA DE MENOR EN EL EXTRANJERO NO ACOMPAÑADO POR FAMILIAR U OTRO ADULTO AUTORIZADO

Si el viaje o la estancia objeto del contrato está destinado a un menor, el viajero declara haber recibido la información necesaria para contactar tanto con el menor como con los responsables de su estancia “in situ” durante el viaje.


6.- INFORMACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTO INTERNO DE TRAMITACIÓN DE RECLAMACIONES Y RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE LITIGIOS

Cualquier sugerencia o queja deberá presentarse a T-WONDER mediante la dirección postal o electrónica indicada en el apartado 1. Asimismo, el viajero puede consultar los mecanismos de resolución alternativa de litigios disponibles en la página de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, o en el enlace correspondiente al Reglamento CE 524/2013, que incluye las entidades acreditadas para la resolución de disputas.
(T-WONDER se somete al laudo de la Junta Arbitral de Consumo correspondiente a su comunidad, en caso de existir convenio firmado.)


7.- CONFIRMACIÓN DE LA RESERVA

Con la firma del presente contrato se confirma la reserva del viaje. No obstante, T-WONDER se reserva el derecho a cancelar el viaje si no se alcanza el número mínimo de participantes necesarios para su realización, notificándolo al viajero en los plazos establecidos en la información precontractual.


8.- CONSECUENCIAS DE LA POSTERIOR MODIFICACIÓN DE CARACTERÍSTICAS DEL VIAJE

Si, con anterioridad al inicio del viaje, T-WONDER se ve en la necesidad de modificar de manera sustancial alguna de las características principales de los servicios de viaje, o no puede cumplir con las solicitudes especiales aceptadas, o se propone aumentar el precio del viaje en más de un 8%, el viajero podrá, en un plazo no superior a ________, aceptar el cambio propuesto o resolver el contrato sin penalización.
En caso de resolución, el viajero podrá aceptar un viaje combinado sustitutivo de calidad equivalente o superior; si es de calidad inferior, se aplicará una reducción proporcional del precio.

Si el viajero no notifica su decisión en el plazo indicado tras recibir la información completa referente a la modificación, se entenderá que opta por resolver el contrato sin penalización.


9.- CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE CONFORMIDAD EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS UNA VEZ INICIADO EL VIAJE

El viajero se obliga a informar a T-WONDER de cualquier falta de conformidad en la prestación de los servicios, tan pronto como tenga conocimiento de la misma. T-WONDER se compromete, en la medida de lo posible y salvo que resulte imposible o conlleve un coste desproporcionado, a subsanar la falta, ofrecer alternativas de igual o superior calidad o aplicar una reducción adecuada del precio del viaje. En caso de que la falta no sea imputable al viajero, este podrá tener derecho a una reducción del precio y, en su caso, a una indemnización limitada según las condiciones de pago de indemnizaciones vigentes.


10.- FINALIZACIÓN DEL CONTRATO PREVIO AL INICIO DEL VIAJE A INSTANCIAS DEL VIAJERO

El presente contrato podrá ser rescindido por el viajero, notificándolo expresamente a T-WONDER antes del inicio del viaje. Tras recibir la notificación, T-WONDER proporcionará la liquidación correspondiente, detraendo de las cantidades a reembolsar el importe de penalizaciones, gastos de anulación y gestión indicados en la información precontractual.


11.- PRESCRIPCIÓN DE LAS RECLAMACIONES

El plazo de prescripción para las acciones derivadas de este contrato es de dos años, conforme al artículo 169 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.


12.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE

El presente contrato se rige por la legislación española. En lo no previsto, se aplicará lo establecido en el libro IV del Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.


En __________, a _____ de __________ de _______

Fdo.: Agencia ORGANIZADORA (T-WONDER)
Fdo.: Agencia MINORISTA (T-WONDER)
Fdo.: EL CLIENTE

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